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TC ordena que el Minsa distribuya gratuitamente la ‘píldora del día siguiente’
En cualquier establecimiento de salud del Estado se podrá acceder al Anticonceptivo Oral de Emergencia (AOE).

A través de un comunicado oficial, el Tribunal Constitucional (TC) dispuso que el Ministerio de Salud (Minsa) deberá entregar de manera gratuita el Anticonceptivo Oral de Emergencia (AOE) – levonorgestrel, conocida también como la ‘píldora del día siguiente’.

Archivo: TC
La entrega podrá hacerse en cualquier establecimiento de salud del Estado, previa entrega de información adecuada, precisando que debe ser usada en situaciones excepcionales, por cuanto no puede sustituir a los anticonceptivos ordinarios.
Para ello, el TC dispone que el Minsa, desarrolle como política pública de planificación familiar, la distribución nacional gratuita del anticonceptivo oral de emergencia (AOE).
Es importante precisar que, esta orden recae en la sentencia del expediente N.º 00238-2021-PA/TC, la cual declarada fundada la demanda interpuesta por parte de la ciudadana Violeta Cristina Gómez Hinostroza contra el Ministerio de Salud, por haberse vulnerado los derechos reproductivos, así como a recibir información y a la igualdad y no discriminación.
En ese sentido, el Pleno del TC determinó que no existe base objetiva y razonable para impedir que el Estado distribuya gratuitamente la referida píldora a aquellas personas que, por su condición económica, no puedan comprarla ya que, según la Organización Mundial de la Salud, Minsa, la Organización Panamericana de la Salud y Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA); la AOE no es abortiva.
El colegiado hace hincapié en el fundamento 41, el cual establece que los derechos reproductivos se circunscriben al reconocimiento de las personas, en este caso de la mujer, de decidir libre y responsablemente si desea tener hijos, la oportunidad de la reproducción, con qué frecuencia, cuántos hijos tener, elección de la persona con quien desea tener hijos, o elegir el método anticonceptivo de su preferencia.
Para tal efecto resulta imperativo que las mujeres tengan a su alcance toda la información y todos los métodos anticonceptivos que el Estado les pueda suministrar para que, en ejercicio de dicha libertad, puedan elegir de modo responsable e informado.
Vale mencionar que, los magistrados Francisco Morales Saravia, Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich, votaron a favor de la demanda. Por su parte, Luz Pacheco Zerga y Gustavo Gutiérrez Ticse, emitieron votos singulares que declaraban infundada la propuesta.
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