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‘Ley cuatro patas’: Gobierno reglamenta ley que prioriza la esterilización de perros y gatos

El texto consta de cuatro títulos, seis capítulos, 26 artículos, y tres disposiciones complementarias finales.

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Archivo: El Heraldo del Perú

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A través del Decreto Supremo N º 024-2023-SA, el Poder Ejecutivo promulgó el Reglamento de la Ley N. ° 31311, Ley que prioriza la esterilización de perros y gatos, como componente de la política nacional de salud pública.

El texto publicado en el diario oficial consta de cuatro títulos, seis capítulos, 26 artículos, y tres disposiciones complementarias finales.

En ese sentido, tiene por objetivo, establecer las condiciones necesarias para garantizar la integridad y salud de las personas, a través de la implementación de programas de esterilización y manejo poblacional humanitario de perros y gatos. Además, de evitar sobrepoblaciones y abandonos.

Cabe señalar que, la esterilización es complementaria a la vacunación en los programas de prevención y control de las enfermedades zoonóticas y metaxénicas generadas por estos animales en el territorio nacional.

Archivo: Minsa

Asimismo, el ámbito de aplicación del presente Reglamento comprende a las entidades públicas y privadas nacionales, regionales y locales; así como a las personas naturales y jurídicas del territorio nacional que tengan la condición de propietarios, tenedores o criadores de perros y gatos.

Su implementación se priorizará en áreas geográficas con notificaciones de rabia canina, en distritos en situación de pobreza, así como en zonas con alta densidad de perros y gatos abandonados. Además, se focalizará en áreas con altos índices de accidentes de mordedura a personas y en aquellas regiones declaradas en estado de emergencia por desastres naturales.

Del mismo modo, los propietarios tendrán la responsabilidad de registrar a sus mascotas en la municipalidad distrital más cercana a su hogar. Este proceso de registro puede incluso llevarse a cabo en las etapas iniciales del procedimiento de esterilización. En tal sentido, se promoverá el registro en línea como opción preferente, y mientras los registros virtuales sean implementados por los municipios, se permitirá el uso de registros físicos. Cabe destacar que este proceso de registro es gratuito.

Las campañas de esterilización estarán dirigidas por profesionales médicos veterinarios y asistentes debidamente capacitados. En este contexto, el médico veterinario colegiado y habilitado será la única autoridad facultada para supervisar y llevar a cabo la intervención quirúrgica en entornos apropiados. En esa línea, se les asignará el acceso a indumentaria, instrumentos, fármacos e insumos adecuados para cada etapa del procedimiento, así como para enfrentar cualquier emergencia que pueda surgir durante el proceso de esterilización.

En el caso de perros y gatos sin hogar, la responsabilidad del proceso de esterilización recaerá en los gobiernos locales, los cuales se encargarán del traslado, registro, identificación y recuperación postoperatoria, una vez concluida la intervención quirúrgica de esterilización.

Finalmente, este reglamento, en su conjunto, contribuirá de manera significativa a fortalecer la cultura de tenencia y convivencia responsable de las mascotas, al tiempo que mejorará la salud y bienestar de la población en general.

Archivo: Minsa
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