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Empresas deben pagar regalías por la difusión de películas, series y música, protegidas por su autor

El pago de las regalías debe realizarse a sus titulares o a las sociedades de gestión colectiva.

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Archivo: Indecopi

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¡Importante! El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recuerda a las empresas del sector hotelero, restaurantes, transportes, radio, televisión y operadoras de cable, entre otros, que deben cumplir con el pago de regalías por la difusión de películas, series y música que se encuentran protegidas por el derecho de autor y derechos conexos, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Derecho de Autor (Decreto Legislativo N. ° 822).

A través de la Dirección de Derecho de Autor, la institución informó a los usuarios de bienes intelectuales, sean estos empresas o negocios, la importancia de cumplir con la obligación establecida en dicha norma, la cual regula los derechos patrimoniales a favor de los titulares de obras, producciones, interpretaciones y ejecuciones como una forma de contraprestación a su labor de creación de bienes intelectuales. En ese sentido, se deben pagar las regalías correspondientes a los titulares o a sus representantes, que podrían ser las sociedades de gestión colectiva.

A la fecha, las asociaciones que se encuentran autorizadas por el Indecopi para realizar gestión colectiva son:

1. Unión Peruana de Productores Fonográficos (Unimpro): facultada para representar y administrar los derechos conexos y de autor de las producciones fonográficas y videoclips que forman parte de su repertorio.

2. Asociación Peruana de Autores y Compositores (Apdayc): facultada para representar y administrar los derechos de autor de obras musicales que forman parte de su repertorio.

3. Sociedad Nacional de Intérpretes y Ejecutantes de la Música (Soniem): facultada para representar y administrar los derechos conexos de las interpretaciones y ejecuciones del ámbito musical que forman parte de su repertorio.

4. Inter Artis Perú: facultada para representar y administrar los derechos conexos de las interpretaciones y ejecuciones del ámbito audiovisual que forman parte de su repertorio.

5. Entidad de Gestión para los Productores Audiovisuales (Egeda Perú): facultada para representar y administrar los derechos de autor y conexos de las obras y producciones audiovisuales que forman parte de su repertorio.

6. Asociación Peruana de Artistas Visuales (Apsav): facultada para representar y administrar los derechos de autor de obras de artes visuales que forman parte de su repertorio.

Encuesta para negocios y usuarios

Con el fin de obtener un panorama referencial sobre el nivel de conocimiento que tienen los propietarios o conductores de negocios y establecimientos abiertos al público del sector hotelero, restaurantes, transportes, discotecas, entre otros, en materia de derechos de autor y derechos conexos, el Indecopi ha habilitado un formulario para recibir información fidedigna y de esta manera mejorar los servicios que se brindan a los ciudadanos, a la cual se podrá acceder a través del siguiente link: https://forms.office.com/r/39vG7GgDYA

Para el caso de los usuarios del sector radiodifusión (radios, televisión, cable) y redes digitales, el formulario se encuentra en el siguiente link: https://forms.office.com/r/rz2bnVny6R

Finalmente, la institución muestra su preocupación por promover una cultura de respeto al derecho de autor, destacando la importancia de las industrias creativas como fuentes generadoras de empleo y aporte a la economía nacional.

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